Incluyen a personas con discapacidad en instituciones públicas de Loja

Inclusión laboral: un compromiso pendiente en Loja
La inclusión de personas con discapacidad en el ámbito laboral es un derecho constitucional que busca garantizar igualdad y oportunidades. Desde el 3 de julio de 2025, la Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad establece la obligatoriedad para que entidades públicas y privadas con 25 o más trabajadores incorporen a un mínimo del 4% de personas con discapacidad en sus plantillas. Sin embargo, en la ciudad y provincia de Loja, esta normativa aún enfrenta desafíos en su pleno cumplimiento.
René Abad Albán, representante del Consejo de Protección de Derechos de las Personas con Discapacidad de Loja, explicó a Diario Crónica que muchas instituciones estatales continúan incumpliendo la inclusión laboral establecida por la ley. “Persisten retrasos en la actualización de ordenanzas municipales, lo que dificulta la implementación efectiva de la normativa”, señaló.
Líneas generales de la ley y su impacto en el empleo
La Ley Orgánica busca erradicar cualquier forma de discriminación y garantizar la plena integración de las personas con discapacidad, así como la protección de sus derechos laborales y sociales. Respecto al trabajo, obliga a que al menos un 4% del personal de las entidades con más de 25 empleados corresponda a personas con alguna discapacidad, sin distinción de tipo.
Este porcentaje, que mantiene lo estipulado en legislaciones anteriores, implica que, por ejemplo, una empresa con 100 empleados debe contar con cuatro trabajadores con discapacidad. En una institución pública con mil funcionarios, la inclusión debería alcanzar a 40 colaboradores pertenecientes a este grupo prioritario.
En lo privado, según Abad Albán, el cumplimiento ronda el 80%, dado que muchas empresas ya manejaban criterios similares antes de la vigencia de la ley. Sin embargo, este cumplimiento muestra una concentración de contrataciones en personas con discapacidad física, seguida por discapacidad visual y auditiva. Las personas con discapacidad intelectual y psicológica enfrentan aún grandes obstáculos para acceder a plazas laborales.
La figura de los sustitutos: una novedad necesaria
Un cambio relevante introducido por esta ley es la regulación de la figura de sustitutos laborales. Se trata de familiares, generalmente padres o madres, que pueden ocupar la plaza laboral hasta que la persona con discapacidad cumpla 18 años o incluso más, si la discapacidad supera el 75%.
El texto legal limita que solo el 25% de los cupos de inclusión laboral en una institución puedan corresponder a sustitutos; el restante 75% debe ser destinado directamente a personas con discapacidad. Esto refleja un avance para que la contratación verdadera de trabajadores discapacitados prevalezca, limitando el uso excesivo de sustituciones familiares.
Realidad en las instituciones públicas de Loja
En Loja, algunas instituciones cumplen o incluso superan la norma. Por ejemplo, la Prefectura de Loja, con 778 empleados, cuenta con 35 personas con discapacidad en su nómina, superando así el mínimo exigido de 31, distribuidas en áreas como vialidad, riego y producción. Además, esta entidad dispone de accesos adecuados como ascensores y rampas para garantizar la movilidad y desempeño de estos colaboradores.
La Gobernación de Loja, con aproximadamente 150 funcionarios, registra tres trabajadores con discapacidad, mientras que el Servicio de Rentas Internas (SRI) cuenta con 95 empleados, dos de ellos con discapacidad y otros dos bajo la figura de sustitutos.
Sin embargo, existen decenas de instituciones públicas en la ciudad y provincia, y más del 50% de ellas aún no cumplen con la presencia de personas con discapacidad en sus equipos de trabajo, reflejando ese compromiso pendiente que Urge superar.
Desafíos y reflexiones para lograr una inclusión real
El panorama en Loja nos muestra que, si bien hay avances, la inclusión laboral efectiva para personas con discapacidad enfrenta obstáculos tanto normativos como sociales. La necesidad de actualizar ordenanzas municipales, eliminar barreras en la contratación para discapacidades intelectuales y psíquicas, y limitar el uso de sustitutos son aspectos clave para mejorar.
Es el momento en que las instituciones públicas asuman su responsabilidad con la ley y consoliden acciones concretas para garantizar la estabilidad y oportunidades laborales a este sector vulnerable. La igualdad no solo debe ser un principio en papel, sino una realidad palpable en los espacios de trabajo.
Preguntas Frecuentes
¿Qué porcentaje de personas con discapacidad deben incluir las instituciones?
Las entidades públicas y privadas con 25 o más trabajadores están obligadas a incorporar al menos el 4% de personas con discapacidad en su nómina.
¿Qué es la figura de sustitutos en esta ley?
Son familiares que pueden ocupar las plazas destinadas a personas con discapacidad, principalmente hasta que el beneficiario cumpla 18 años, salvo casos de discapacidad superior al 75%, cuando puede extenderse.
¿Cuál es el límite de plazas para sustitutos?
Solo el 25% de las plazas de inclusión laboral pueden ser ocupadas por sustitutos, el 75% restante debe ser para personas con discapacidad directa.
¿Quién supervisa el cumplimiento de esta ley en Loja?
El Consejo de Protección de Derechos de las Personas con Discapacidad junto con otras entidades gubernamentales monitorean su aplicación.
¿Qué dificultades enfrentan las personas con discapacidad intelectual y psicológica?
Estas personas tienen mayores dificultades para acceder a empleos debido a prejuicios y falta de oportunidades adaptadas a sus necesidades.
¿Cómo contribuyen las instituciones públicas de Loja a la inclusión?
Algunas, como la Prefectura, superan la cuota mínima y habilitan accesos físicos con infraestructura adecuada para mejorar la inclusión.
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