Noboa decreta estado de excepción por 60 días

El presidente Daniel Noboa declaró el martes 15 de septiembre un estado de excepción por grave conmoción interna durante 60 días en varias zonas del país, según consta en el Decreto Ejecutivo 498. La medida busca enfrentar el incremento de la violencia que el Gobierno atribuye a estructuras del crimen organizado y activa facultades extraordinarias para las fuerzas de seguridad.
Qué incluye la medida y dónde rige
El estado de excepción abarca la totalidad de ocho provincias: El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas. Además, se aplica en tres cantones puntuales: Camilo Ponce Enríquez (Azuay), Las Naves (Bolívar) y La Maná (Cotopaxi).
El decreto dispone una duración de 60 días para la declaratoria en esas jurisdicciones. No obstante, el Gobierno anunció un toque de queda focalizado de vigencia menor y con fechas concretas: en Guayas, El Oro, Los Ríos y Manabí la restricción funcionará desde el 17 hasta el 30 de septiembre, diariamente entre las 00:00 y las 05:00.
Facultades y excepciones establecidas
El Decreto Ejecutivo 498 recopila informes de inteligencia, de la Policía Nacional, de las Fuerzas Armadas, del Ministerio del Interior y del ECU 911, y recoge hechos violentos ocurridos en las últimas semanas como parte de sus fundamentos.
En todas las jurisdicciones incluidas en la declaratoria se suspende el ejercicio de derechos previstos por la Constitución en estos casos: entre ellos, la inviolabilidad del domicilio y la inviolabilidad de la correspondencia. Estas restricciones se aplican en el marco legal que permite limitar o suspender garantías constitucionales durante un estado de excepción.
El decreto faculta al Bloque de Seguridad para efectuar allanamientos inmediatos cuando existan indicios objetivos y razonables sobre la presencia en un inmueble de integrantes de estructuras criminales, armas, municiones, explosivos, sustancias sujetas a fiscalización u otros objetos relacionados con una infracción.
También se autoriza el empleo de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional en todas las jurisdicciones incluidas en la declaratoria, y se permite la requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito cuando resulten estrictamente necesarios para las operaciones de seguridad. El texto subraya que esa posibilidad debe usarse como último recurso y ante situaciones de extrema necesidad; la Constitución faculta al Ejecutivo a disponer movilizaciones y requisiciones durante un estado de excepción.
Datos y reportes que cita el Gobierno
Para justificar la declaratoria, el Ejecutivo incorporó en el decreto estadísticas de emergencias y violencia. Entre el 16 de agosto y el 10 de septiembre, el ECU 911 registró 160.377 emergencias en las jurisdicciones analizadas, de las cuales 112.501 estuvieron relacionadas con seguridad ciudadana. De esos reportes, 234 correspondieron a emergencias por muertes violentas.
Entre las provincias priorizadas, Guayas concentró 113 de esas emergencias por muertes violentas, equivalente al 48,29% del total citado; le siguen El Oro con 49, Los Ríos con 37 y Esmeraldas con 19.
Los informes agregados al decreto contabilizan además 421 homicidios intencionales hasta el 4 de septiembre en las jurisdicciones priorizadas y 57 eventos múltiples que dejaron 120 víctimas.
Toque de queda: alcance, excepciones y calendario
El toque de queda se aplicará únicamente en las provincias de Guayas, El Oro, Los Ríos y Manabí, desde el 17 hasta el 30 de septiembre, en el horario nocturno de 00:00 a 05:00. El Gobierno aclaró que esa restricción tendrá inicialmente una vigencia menor que la del estado de excepción y está focalizada en responder incidencia delictiva en esas provincias.
Se establecen excepciones al toque de queda para:
- Personal de establecimientos y servicios de salud.
- Integrantes de las fuerzas de seguridad y entidades complementarias de seguridad.
- Trabajadores vinculados con la gestión de riesgos, emergencias y desastres.
El decreto no elimina el acceso a servicios básicos ni a la atención sanitaria de urgencia; las excepciones buscan mantener operativa la respuesta institucional durante la noche.
Qué cambia para la ciudadanía y próximos pasos
En la práctica, la medida amplía las facultades de las fuerzas públicas para intervenir inmuebles, requisar bienes y coordinar operativos en las zonas declaradas. El despliegue de las Fuerzas Armadas junto a la Policía Nacional busca reforzar la capacidad operativa en territorios con mayor incidencia delictiva, según el Ejecutivo.
La administración de Noboa presentó cifras concretas para sustentar la medida y estableció plazos y límites (60 días para la declaratoria; toque de queda entre 17 y 30 de septiembre en cuatro provincias). Corresponde ahora al Gobierno informar sobre el plan operativo, las métricas de evaluación y el cronograma de control y seguridad en los próximos días.
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Preguntas frecuentes
¿Qué firmó exactamente el presidente Daniel Noboa?
El presidente firmó el Decreto Ejecutivo 498, que declara el estado de excepción por grave conmoción interna en ocho provincias y tres cantones por 60 días.
¿En qué provincias rige el estado de excepción?
El estado de excepción comprende El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas; además se incluye a los cantones Camilo Ponce Enríquez (Azuay), Las Naves (Bolívar) y La Maná (Cotopaxi).
¿Dónde y cuándo se aplicará el toque de queda?
El toque de queda será en Guayas, El Oro, Los Ríos y Manabí desde el 17 hasta el 30 de septiembre, entre las 00:00 y las 05:00 de cada día.
¿Qué excepciones contempla el toque de queda?
Están exentos el personal de salud, los integrantes de las fuerzas de seguridad, entidades complementarias de seguridad y trabajadores vinculados con la gestión de riesgos, emergencias y desastres.
¿Qué facultades da el decreto a las fuerzas de seguridad?
Autoriza allanamientos inmediatos por indicios objetivos, la movilización de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional, y la requisición temporal de bienes y servicios lícitos cuando sean estrictamente necesarios.
¿En qué se basó el Gobierno para declarar la medida?
El Ejecutivo presentó informes y cifras del ECU 911 y de las fuerzas de seguridad: entre el 16 de agosto y el 10 de septiembre se reportaron 160.377 emergencias en las jurisdicciones analizadas, de las cuales 112.501 estuvieron relacionadas con seguridad ciudadana, y se notificaron 234 emergencias por muertes violentas en ese lapso.
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